CUARTO PREMIO DE INNOVACIÓN SOCIAL

El IV Premio a la Innovación Social en los Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra pretende premiar a las entidades, que prestan Servicios Sociales en Navarra, que hayan abordado algún o algunos retos sociales con nuevos servicios, productos o modelos desarrollados en procesos participativos de innovación y transformación social.

A los efectos de esta convocatoria se entiende por “innovación social” la creación e implementación de nuevas ideas (productos, servicios y modelos) para responder a retos sociales que sean más efectivas, eficientes, sostenibles, justas o transformadoras que las anteriores e involucren a las personas en su desarrollo, contribuyendo a crear nuevas relaciones y empoderar a la ciudadanía. Son sociales en sus fines y en sus medios.

Bases

El IV Premio a la Innovación Social en los Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra pretende premiar a las entidades que prestan Servicios Sociales en Navarra, que hayan abordado algún o algunos retos sociales con nuevos servicios, productos o modelos desarrollados en procesos participativos de innovación y transformación social.

A los efectos de esta convocatoria se entiende por “innovación social” la creación e implementación de nuevas ideas (productos, servicios y modelos), para responder a retos sociales, que sean más efectivas, eficientes, sostenibles, justas o transformadoras que las anteriores e involucren a las personas en su desarrollo, contribuyendo a crear nuevas relaciones y empoderar a la ciudadanía. Son sociales en sus fines y en sus medios.

Podrán participar en esta convocatoria las entidades públicas y privadas, con y sin ánimo de lucro, que intervengan en el marco de los Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra.

Se concederá un premio en metálico de 6.000 euros a la entidad ganadora y dos premios de 1.000 euros a cada una de las dos entidades finalistas.

  1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que se recoge en la sede electrónica navarra.es.
  2. El plazo de presentación de candidaturas concluirá en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BON.
  3. La presentación de candidaturas, dirigidas a la Sección de Innovación Social, Formación y Proyectos Europeos de la Dirección General de Observatorio, de Planificación y de Evaluación de las Políticas Sociales, se podrán presentar en la sede electrónica o en el registro del Departamento de Derechos Sociales, en la Calle González Tablas nº 7, de Pamplona. Igualmente, se podrá emplear cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  4. Una vez recibidas las candidaturas y cerrado el plazo de admisión, éstas podrán ser sometidas a una preselección por la organización, trasladándose las memorias al jurado que posteriormente fallará el Premio.
  1. De cara a presentar una candidatura, se considerará “proyecto” susceptible de ser premiado a una actividad de la entidad que haya tenido un plazo, presupuesto y equipo humano asignado, durante un periodo de tiempo definido y que haya tenido su inicio dentro de los dos años anteriores a la fecha de la presente convocatoria. No se considerará “proyecto de innovación social” la actividad habitual de la entidad, ni programas que desarrolla de forma habitual y/o reiterada desde hace años.
  2. La candidatura se cumplimentará de acuerdo con el modelo de formulario normalizado, debidamente cumplimentado en todos sus términos, disponible en la sede electrónica de navarra.es.
  3. Dicha candidatura se acompañará de:
    1. Formulario de presentación de candidatura según el modelo normalizado y accesible en la sede electrónica de navarra.es.
    2. Autorización certificada para la reproducción y difusión de la innovación social presentada.
  4. No se admitirán candidaturas que hayan sido presentadas en anteriores ediciones de este premio.
  1. Compondrán el Jurado
    • La Consejera de Derechos Sociales.
    • El Vicepresidente de la "Fundación Tomás y Lydia Recari García”.
    • Tres personas de reconocido prestigio tanto a nivel social como en el ámbito de la innovación y los Servicios Sociales, designadas de común acuerdo por la Dirección General de Observatorio de la Realidad Social, de Planificación y de Evaluación de las Políticas Sociales y la “Fundación Tomas y Lydia Recari García", actuando una de ellas como Presidente/a del jurado.
    • Actuará como secretaria, con voz, pero sin voto, la Jefa de la Sección de Innovación Social, Formación y Proyectos Europeos de la Dirección General del Observatorio, de Planificación y de Evaluación de las Políticas Sociales del Departamento de Derechos Sociales.
    • La composición del jurado se hará pública junto con el fallo del mismo.
  2. El funcionamiento del jurado se regulará por las normas contenidas en la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral. De manera supletoria, en lo no regulado por la normativa foral será de aplicación la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  3. El jurado podrá solicitar a los/as participantes las aclaraciones que considere necesarias para la evaluación de las candidaturas, así como efectuar visitas “in situ” a las entidades candidatas.
  4. El jurado podrá incorporar asesores/as técnicos/as en el caso que lo considere oportuno.
  1. En sus deliberaciones para formular la propuesta de concesión, el jurado aplicará los criterios de valoración propuestos por la herramienta HELIX, disponible en la Web del Observatorio de la Realidad Social: Ir a la web
    • Innovación: Se valorará el grado de innovación que aporta el proyecto. Se contemplarán diferentes tipos de innovación.
    • Impacto: Se considerará el nivel del impacto social que se consigue con el proyecto. Se tendrán en cuenta las diferentes tipologías de impactos.
    • Cambio sistémico: Se valorará la transformación social y el cambio estructural que genera en el ecosistema y su perdurabilidad.
    • Participación: Se tendrá en cuenta el proceso social de participación y empoderamiento, con visión multiagente en todas las fases del desarrollo del proyecto.
    • Consistencia: Se valorará el rigor metodológico, calidad de formulación, pertinencia, factibilidad y coherencia técnica del proyecto.

    Para una mayor explicación de a qué se refieren estos cinco criterios, en el anexo I se detallan las variables que componen cada uno.

  2. El Jurado propondrá la concesión de tres premios:
    • Un primer premio a la candidatura ganadora, la mejor valorada.
    • Dos accésits de reconocimiento a los proyectos que hayan resultado como finalistas. No se establecerá orden de prelación.

    El jurado podrá declarar desierto el premio en el caso de que no concurran, a su juicio, candidaturas que acrediten méritos suficientes.

  1. El fallo del jurado se comunicará a los premiados el mismo día de producirse.
  2. La concesión del premio se adoptará mediante Orden Foral de la Consejera de Derechos Sociales, que se notificará a las personas interesadas y se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos de su general conocimiento.

El premio será entregado y difundido en un acto público único, convocado por el Departamento de Derechos Sociales en el último trimestre del año 2023, con invitación a los miembros del jurado y a todas las organizaciones que se hayan presentado al Premio.

La participación en el IV Premio a la Innovación Social en los Servicios Sociales supone la plena aceptación de todas las bases que lo regulan, así como, participar en las jornadas de entrega y de difusión sobre el premio a la Innovación Social organizada por el Departamento de Derechos Sociales.

Las personas que intervengan a lo largo del proceso del premio, guardarán confidencialidad sobre el mismo.

El Departamento de Derechos Sociales, por medio de la Sección de Innovación Social, Formación y Proyectos Europeos de la Dirección General del Observatorio, de Planificación y de Evaluación de las Políticas Sociales, facilitará información sobre las bases de la convocatoria, tanto por teléfono como por medio del correo electrónico.

El Departamento de Derechos Sociales dará difusión del premio y del premiado en los medios de comunicación ordinarios y especializados.

Las incidencias que puedan presentarse y los supuestos no previstos en estas bases, serán resueltos por el Director General de Observatorio de la Realidad Social, de Planificación y de Evaluación de las Políticas Sociales.

Contra la Orden Foral que resuelva el premio, podrán las personas interesadas interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

A los efectos efectos oportunos.

Pamplona, a trece de junio de dos mil veintitres. La Consejera De Derechos Sociales-. Mª Carmen Maeztu Villafranca.”.

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